Modificaciones en pliegos de condiciones DOP: Manchuela, La Mancha y Uclés
Recientemente se han publicado los siguientes documentos:
– Resolución de 20/01/2026, de la Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Rural, por la que se aprueba la modificación normal del pliego de condiciones de los vinos con Denominación de Origen Protegida Manchuela y se publican el documento único y pliego de condiciones consolidados. [2026/390] DOCLM Nº18 de 28-01-2026 (DOP MANCHUELA).
– Publicación de la comunicación de una modificación normal aprobada del pliego de condiciones de una indicación geográfica con arreglo al artículo 5, apartado 4, del Reglamento Delegado (UE) 2025/27 de la Comisión. (C/2026/1048). DOUE C/2026/1048 de 19-02-2026. (DOP LA MANCHA).
– Publicación de la comunicación de una modificación normal aprobada del pliego de condiciones de una indicación geográfica con arreglo al artículo 5, apartado 4, del Reglamento Delegado (UE) 2025/27 de la Comisión. DOP Uclés. DOUE C/2026/897 de 09-02-2026. (DOP UCLÉS).
Unido al cambio de referencias normativo, se introducen los siguientes cambios en la DOP Manchuela:
§ Inclusión de nuevos vinos: blancos y rosados envejecidos o criados/madurados.
§ Nuevos parámetros analíticos.
§ Mención «Roble» o «Envejecido en madera/barrica»: Para que un operador pueda usar estos términos en blancos o rosados, debes certificar que el vino ha permanecido un mínimo de 2 meses en envases de madera.
§ Incorpora los límites analíticos de los blancos y rosados criados.
§ Maduración: Posterior a la fermentación, pueden madurar en cualquier tipo de envase antes o después de su paso por madera.
§ Características organolépticas de los nuevos vinos blancos y rosados envejecidos o criados/madurados.
§ Nueva Variedad de uva autorizada: albillo dorado.
