Tras el estudio de las características de los productos en cuanto a impacto sobre la fauna auxiliar y comportamiento medioambiental, la Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Desarrollo Sostenible de la Junta de Andalucía ha procedido a autorizar provisionalmente hasta su inclusión definitiva en diversos Reglamentos específicos de Producción Integrada en Andalucía la utilización del siguiente producto fitosanitario:
GAZEL PLUS SG (acetamiprid 20%) para el control integrado de gusano cabezudo y minadores en almendro
CORAGEN 20 SC (clorantraniliprol 20%) para el control integrado de coleópteros y orugas en almendro
VELUM PRIME (fluopyram 40%) para el control integrado de nemátodos y oidio en fresa
BELOUKHA (ácido pelargónico 68%) para el control integrado de los siguientes agentes nocivos:
Malas hierbas en almendro, caqui y frutales de hueso
Rebrotes en arándanos, frambuesa y mora, cítricos y olivo
Malas hierbas y rebrotes en frutales de pepita y vid
Desecante en patata
En su utilización deberán tenerse en cuenta los condicionamientos contemplados en la correspondiente hoja de Registro
Tras el estudio de las características de los productos en cuanto a impacto sobre la fauna auxiliar y comportamiento medioambiental, la Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Desarrollo Sostenible de la Junta de Andalucía ha procedido a autorizar provisionalmente hasta su inclusión definitiva en diversos Reglamentos específicos de Producción Integrada en Andalucía la utilización del siguiente producto fitosanitario:
PYGANIC (piretrinas 12,9 g/l)para el control integrado de los siguientes agentes nocivos:
Áfidos en cítricos
Áfidos y mosca blanca en cultivos hortícolas protegidos (berenjena, calabacín, melón, pepino, pimiento, sandía y tomate)
Áfidos en judía verde
Áfidos en fresa
Áfidos en frutales de hueso (melocotonero y ciruelo)
Áfidos en tomate para transformación
Áfidos en vid
En su utilización deberán tenerse en cuenta los condicionamientos contemplados en la correspondiente hoja de Registro
Tras el estudio de las características de los productos en cuanto a impacto sobre la fauna auxiliar y comportamiento medioambiental, la Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Desarrollo Sostenible de la Junta de Andalucía ha procedido a autorizar provisionalmente hasta su inclusión definitiva en el Reglamento específico de Producción Integrada de vid en Andalucía la utilización de los productos fitosanitarios formulados a base de la sustancia activa:
KENJA (isofetamid 40%) para el control integrado de botritis en vid
KUSABI (priofenona 30%) para el control integrado de oidio en vid
En su utilización deberán tenerse en cuenta los condicionamientos contemplados en la correspondiente hoja de Registro
El 20 de mayo de 2020, se ha publicado en Diario oficial de la Generalitat Valenciana la Resolución de 8 de mayo de 2020, del Director General de Agricultura, Ganadería y Pesca, por la que se modifican las normas para la producción integrada en vid, en el ámbito de la Comunitat Valenciana, mediante la que se fijan las normas estrictas y prohibiciones que deben cumplirse, así como las recomendaciones.
La modificación se realiza en el anexo V: Estrategias de control integrado
Tras el estudio de las características de los productos en cuanto a impacto sobre la fauna auxiliar y comportamiento medioambiental, la Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Desarrollo Sostenible de la Junta de Andalucía ha procedido a autorizar provisionalmente hasta su inclusión definitiva en diversos Reglamentos específicos de Producción Integrada en Andalucía la utilización del siguiente producto fitosanitario:
SERENADE ASO (Bacillus subtilis – cepa QST 713 1,34%) para el control integrado de los siguientes agentes nocivos:
Xanthomonas y Monilia en almendro
Botrytis cinerea en arándano
Micosphaerella y fusarium oxysporum en caqui
Pseudomonas, xanthomonas y fusarium en cultivos hortícolas protegidos: berenjena, pimiento y tomate
Botrytis cinerea en cultivos hortícolas protegidos: pepino
Botrytis cinerea en frambuesa y mora
Botritis, rizoctonia y esclerotinia en lechuga al aire libre
Rhizoctonia en patata
Cercospora en remolacha azucarera
Pseudomonas, xanthomonas y fusarium en tomate para transformación industrial
Botrytis en vid
En su utilización deberán tenerse en cuenta los condicionamientos contemplados en la correspondiente hoja de Registro
Tras el estudio de las características de los productos en cuanto a impacto sobre la fauna auxiliar y comportamiento medioambiental, la Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Desarrollo Sostenible de la Junta de Andalucía ha procedido a autorizar provisionalmente hasta su inclusión definitiva en diversos Reglamentos específicos de Producción Integrada en Andalucía la utilización de la siguiente sustancia activa:
Fluazifop-p-butil 12,5 % para el control integrado de malas hierbas gramíneas en los siguientes cultivos: ajo, almendro, arándanos, cítricos, espárrago verde, frambuesa, frutales de hueso (albaricoque y ciruelo), hortícolas protegidos (berenjena, judía verde y pepino), lechuga al aire libre, leguminosas, mora, oleaginosas, remolacha azucarera, patata, vid y zanahoria.
En su utilización deberán tenerse en cuenta los condicionamientos contemplados en la correspondiente hoja de Registro
Los productos formulados a base de 1,3 Dicloropropeno se han venido utilizando como desinfectante de suelo previo a la siembra, trasplante o plantación de diversos cultivos.
El 23 de diciembre de 2019 y el 21 de enero de 2020, el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación ha procedido a autorizar excepcionalmente la comercialización y uso de productos formulados que contengan 1,3Dicloropropeno para su uso en desinfección de suelos en diversos cultivos.
Por este motivo la Consejería de Agricultura, Pesca y Desarrollo Rural de la Junta de Andalucía ha procedido a autorizar provisionalmente la utilización de los productos formulados que contengan 1,3 Dicloropropeno, para su uso en desinfección de suelos previo al trasplante o plantación, dentro de la estrategia de Control Integrado de los Reglamentos específicos de Producción Integrada que se detallan a continuación:
Reglamento específico de cultivos hortícolas protegidos, para los cultivos de tomate, en dos periodos:
Primer periodo: desde el 16 de enero al 28 de febrero de 2020
Segundo periodo: desde el 1 de junio hasta el 15 de agosto de 2020
Reglamento específico de cultivos hortícolas protegidos, para los cultivos de calabacín y pepino, en tres periodos:
Primer periodo: desde el 15 de enero al 15 de febrero de 2020
Segundo periodo: desde el 1 de junio hasta el 31 de julio de 2020
Tercer periodo: desde el 1 de diciembre hasta el 27 de diciembre de 2020
Reglamento específico de cultivos hortícolas protegidos, para los cultivos de pimiento y berenjena, en el periodo entre el 16 de febrero y el 14 de junio de 2020
Reglamento específico de cultivos hortícolas protegidos, para los cultivos de melón y sandía, en dos periodos:
Primer periodo: desde el 17 de enero al 15 de abril de 2020
Segundo periodo: desde el 1 de diciembre hasta el 30 de diciembre de 2020
Reglamento específico de patata, en el periodo entre el 1 de julio y el 30 de septiembre de 2020
Reglamento específico de fresa, en cinco periodos:
Primer periodo: desde el 1 al 25 de abril de 2020
Segundo periodo: desde el 1 al 25 de mayo de 2020
Tercer periodo: desde el 1 al 30 de julio de 2020
Cuarto periodo: desde el 1 al 30 de agosto de 2020
Quinto periodo: desde el 1 al 10 de septiembre de 2020
Reglamento específico de frambuesa y mora, en nueve periodos:
Primer periodo: desde el 1 al 20 de marzo de 2020
Segundo periodo: desde el 1 al 15 de abril de 2020
Tercer periodo: desde el 1 al 15 de mayo de 2020
Cuarto periodo: desde el 1 al 19 de junio de 2020
Quinto periodo: desde el 5 al 15 de julio de 2020
Sexto periodo: desde el 1 al 10 de agosto de 2020
Séptimo periodo: desde el 1 al 10 de septiembre de 2020
Octavo periodo: desde el 20 al 31 de octubre de 2020
Noveno periodo: desde el 1 al 8 de noviembre de 2020
Reglamento específico de vid, en dos periodos:
Primer periodo: desde el 1 de febrero al 29 de febrero de 2020
Segundo periodo: desde el 6 de octubre hasta el 31 de diciembre de 2020
1,3 Dicloropropeno + cloropicrina
Los productos formulados a base de 1,3 Dicloropropeno + cloropicrina se han venido utilizando como desinfectante de suelo previo a la siembra, trasplante o plantación de diversos cultivos.
El 23 de diciembre de 2019 y el 21 de enero de 2020, el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación ha procedido a autorizar excepcionalmente la comercialización y uso de productos formulados que contengan 1,3Dicloropropeno + cloropicrina para su uso en desinfección de suelos en diversos cultivos.
Por este motivo la Consejería de Agricultura, Pesca y Desarrollo Rural de la Junta de Andalucía ha procedido a autorizar provisionalmente la utilización de los productos formulados que contengan 1,3 Dicloropropeno + cloropicrina, para su uso en desinfección de suelos previo al trasplante o plantación, dentro de la estrategia de Control Integrado de los Reglamentos específicos de Producción Integrada que se detallan a continuación:
Reglamento específico de cultivos hortícolas protegidos, para los cultivos de tomate, calabacín y pepino, en dos periodos:
Primer periodo: desde el 16 de enero al 15 de febrero de 2020
Segundo periodo: desde el 15 de mayo hasta el 11 de agosto de 2020
Reglamento específico de cultivos hortícolas protegidos, para los cultivos de pimiento y berenjena, en el periodo entre el 1 de marzo y el 28 de junio de 2020
Reglamento específico de fresa, en el periodo entre el 15 de junio y el 12 de octubre de 2020
Reglamento específico de frambuesa y mora, en nueve periodos:
Primer periodo: desde el 1 al 20 de marzo de 2020
Segundo periodo: desde el 1 al 15 de abril de 2020
Tercer periodo: desde el 1 al 15 de mayo de 2020
Cuarto periodo: desde el 1 al 19 de junio de 2020
Quinto periodo: desde el 5 al 15 de julio de 2020
Sexto periodo: desde el 1 al 10 de agosto de 2020
Séptimo periodo: desde el 1 al 10 de septiembre de 2020
Octavo periodo: desde el 20 al 31 de octubre de 2020
Noveno periodo: desde el 1 al 8 de noviembre de 2020
cloropicrina
Los productos formulados a base de cloropicrina se han venido utilizando como desinfectante de suelo previo a la siembra, trasplante o plantación de diversos cultivos.
El 23 de diciembre de 2019 y el 21 de enero de 2020, el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación ha procedido a autorizar excepcionalmente la comercialización y uso de productos formulados que contengan cloropicrina para su uso en desinfección de suelos en diversos cultivos.
Por este motivo la Consejería de Agricultura, Pesca y Desarrollo Rural de la Junta de Andalucía ha procedido a autorizar provisionalmente la utilización de los productos formulados que contengan cloropicrina, para su uso en desinfección de suelos previo al trasplante o plantación, dentro de la estrategia de Control Integrado de los Reglamentos específicos de Producción Integrada que se detallan a continuación:
Reglamento específico de cultivos hortícolas protegidos, para los cultivos de tomate, calabacín y pepino, en dos periodos:
Primer periodo: desde el 16 de enero al 15 de febrero de 2020
Segundo periodo: desde el 15 de mayo hasta el 11 de agosto de 2020
Reglamento específico de cultivos hortícolas protegidos, para los cultivos de pimiento y berenjena, en el periodo entre el 1 de marzo y el 28 de junio de 2020
Reglamento específico de fresa, en el periodo entre el 15 de junio y el 12 de octubre de 2020
Reglamento específico de frambuesa y mora, en nueve periodos:
Primer periodo: desde el 1 al 20 de marzo de 2020
Segundo periodo: desde el 1 al 15 de abril de 2020
Tercer periodo: desde el 1 al 15 de mayo de 2020
Cuarto periodo: desde el 1 al 19 de junio de 2020
Quinto periodo: desde el 5 al 15 de julio de 2020
Sexto periodo: desde el 1 al 10 de agosto de 2020
Séptimo periodo: desde el 1 al 10 de septiembre de 2020
Octavo periodo: desde el 20 al 31 de octubre de 2020
Noveno periodo: desde el 1 al 8 de noviembre de 2020
En su utilización deberán tenerse en cuenta los condicionamientos contemplados en la correspondiente hoja de Registro y en el anexo de la Resolución de 23 de diciembre de 2019 y de 21 de enero de 2020
Tras el estudio de las características de los productos en cuanto a impacto sobre la fauna auxiliar y comportamiento medioambiental, la Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Desarrollo Sostenible de la Junta de Andalucía ha procedido a autorizar provisionalmente hasta su inclusión definitiva en diversos Reglamentos específicos de Producción Integrada en Andalucía la utilización del siguiente producto fitosanitario:
ACEITE DE NARANJA 6% para el control integrado de los siguientes agentes nocivos:
Oidio en calabacín
Mosca blanca, Oidio y trip en melón
Oidio y trip en pepino
Mosca blanca en pimiento
Mosca blanca y trip entomate
Ácaros, mosca blanca y trip en cítricos
Oidio y trip en fresa
Oidio en frutal de hueso: melocotonero y albaricoquero
Mosca blanca, Oidio y mildiu en lechuga al aire libre
Mosca blanca y trip en tomate para transformación industrial
Cicadélidos, mlidiu, oidio, trip y ácaros en vid
En su utilización deberán tenerse en cuenta los condicionamientos contemplados en la correspondiente hoja de Registro
Tras el estudio de las características de los productos en cuanto a impacto sobre la fauna auxiliar y comportamiento medioambiental, la Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Desarrollo Sostenible de la Junta de Andalucía ha procedido a autorizar provisionalmente hasta su inclusión definitiva en diversos Reglamentos específicos de Producción Integrada en Andalucía la utilización de los siguientes productos fitosanitarios:
SPIROX 500 EC (spiroxamina 50%) para el control integrado de oidio en el cultivo de vid
MOVENTO GOLD (spirotetramat 10%) para el control integrado de cochinillas en el cultivo de almendro y caquis
VELUM PRIME (fluopyram 40%) para el control integrado de nemátodos en el cultivo de patata y tomate para transformación industrial
ALIETTE WG (Fosetil – Al 80%) para el control integrado de fitophtora en el cultivo de melocotonero y nectarino
DICARZOL (formetanato 50%) para el control integrado de trips en el cultivo de arándanos, frambuesa y mora
FUTURECO NOFLY WP (Paecilomyces fumosoroseus -cepa FE 9901 18%) para el control integrado de mosca blanca en el cultivo de cultivos hortícolas protegidos
REQUIEM PRIME (mezcla de terpenoides QRD 460 15,23%) para el control integrado de trialeurodes vaporarium, frankiniella occidentalis y tetranychus urticae en el cultivo de cultivos hortícolas protegidos: berenjena, calabacín, melón, pepino, sandía y tomate
SIVANTO PRIME (flupiradifurona 20%) para el control integrado de los siguientes agentes nocivos:
Pulgones y mosca blanca en cultivos hortícolas protegidos: berenjena, calabacín, pepino, pimiento, sandía, tomate (* en caso de suelta de chinches depredadores, esperar 21 días después del tratamiento para realizar la suelta)
Pulgones y mosca blanca en fresa
Pulgones en frutos rojos: frambuesa
Pulgones en lechuga al aire libre
Pulgones en tomate para transformación
Cicadélidos en vid
En su utilización deberán tenerse en cuenta los condicionamientos contemplados en la correspondiente hoja de Registro
Tras el estudio de las características de los productos en cuanto a impacto sobre la fauna auxiliar y comportamiento medioambiental, la Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Desarrollo Sostenible de la Junta de Andalucía ha procedido a autorizar provisionalmente hasta su inclusión definitiva en diversos Reglamentos específicos de Producción Integrada en Andalucía la utilización de los siguientes productos fitosanitarios:
KLARTAN EW (tau-fluvalinato 24%) para el control integrado de Trips, Mosquito verde y Scaphoideus titanus en el cultivo de vid
PLEDGE (flumioxazina 50%) para el control integrado de los siguientes agentes nocivos:
Malas hierbas en olivar
Malas hierbas en vid
SYLLIT MAX (dodina 54,4%) para el control integrado de lepra en el cultivo de almendro
ENERVIN DUO (ametoctradin 30% + dimetomorf 22,5%) para el control integrado de mildiu en el cultivo de tomate para transformación industrial
ACEITE DE NARANJA (6%) para el control integrado de mildiu y oidio en el cultivo de vid
ATONIK (5-nitroguayacolato sódico 0,1% + O-nitrofenolato sódico 0,2% + P-nitrofenolato sódico 0,3%) para incremento de producción en el cultivo de arroz
En su utilización deberán tenerse en cuenta los condicionamientos contemplados en la correspondiente hoja de Registro