AUTORIZACIÓN PROVISIONAL DESINFECTANTES DE SUELO EN PRODUCCIÓN INTEGRADA DE DIVERSOS CULTIVOS EN ANDALUCÍA
1,3 Dicloropropeno
Los productos formulados a base de 1,3 Dicloropropeno se han venido utilizando como desinfectante de suelo previo a la siembra, trasplante o plantación de diversos cultivos.
El 23 de diciembre de 2019 y el 21 de enero de 2020, el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación ha procedido a autorizar excepcionalmente la comercialización y uso de productos formulados que contengan 1,3Dicloropropeno para su uso en desinfección de suelos en diversos cultivos.
Por este motivo la Consejería de Agricultura, Pesca y Desarrollo Rural de la Junta de Andalucía ha procedido a autorizar provisionalmente la utilización de los productos formulados que contengan 1,3 Dicloropropeno, para su uso en desinfección de suelos previo al trasplante o plantación, dentro de la estrategia de Control Integrado de los Reglamentos específicos de Producción Integrada que se detallan a continuación:
- Reglamento específico de cultivos hortícolas protegidos, para los cultivos de tomate, en dos periodos:
- Primer periodo: desde el 16 de enero al 28 de febrero de 2020
- Segundo periodo: desde el 1 de junio hasta el 15 de agosto de 2020
- Reglamento específico de cultivos hortícolas protegidos, para los cultivos de calabacín y pepino, en tres periodos:
- Primer periodo: desde el 15 de enero al 15 de febrero de 2020
- Segundo periodo: desde el 1 de junio hasta el 31 de julio de 2020
- Tercer periodo: desde el 1 de diciembre hasta el 27 de diciembre de 2020
- Reglamento específico de cultivos hortícolas protegidos, para los cultivos de pimiento y berenjena, en el periodo entre el 16 de febrero y el 14 de junio de 2020
- Reglamento específico de cultivos hortícolas protegidos, para los cultivos de melón y sandía, en dos periodos:
- Primer periodo: desde el 17 de enero al 15 de abril de 2020
- Segundo periodo: desde el 1 de diciembre hasta el 30 de diciembre de 2020
- Reglamento específico de patata, en el periodo entre el 1 de julio y el 30 de septiembre de 2020
- Reglamento específico de fresa, en cinco periodos:
- Primer periodo: desde el 1 al 25 de abril de 2020
- Segundo periodo: desde el 1 al 25 de mayo de 2020
- Tercer periodo: desde el 1 al 30 de julio de 2020
- Cuarto periodo: desde el 1 al 30 de agosto de 2020
- Quinto periodo: desde el 1 al 10 de septiembre de 2020
- Reglamento específico de frambuesa y mora, en nueve periodos:
- Primer periodo: desde el 1 al 20 de marzo de 2020
- Segundo periodo: desde el 1 al 15 de abril de 2020
- Tercer periodo: desde el 1 al 15 de mayo de 2020
- Cuarto periodo: desde el 1 al 19 de junio de 2020
- Quinto periodo: desde el 5 al 15 de julio de 2020
- Sexto periodo: desde el 1 al 10 de agosto de 2020
- Séptimo periodo: desde el 1 al 10 de septiembre de 2020
- Octavo periodo: desde el 20 al 31 de octubre de 2020
- Noveno periodo: desde el 1 al 8 de noviembre de 2020
- Reglamento específico de vid, en dos periodos:
- Primer periodo: desde el 1 de febrero al 29 de febrero de 2020
- Segundo periodo: desde el 6 de octubre hasta el 31 de diciembre de 2020
1,3 Dicloropropeno + cloropicrina
Los productos formulados a base de 1,3 Dicloropropeno + cloropicrina se han venido utilizando como desinfectante de suelo previo a la siembra, trasplante o plantación de diversos cultivos.
El 23 de diciembre de 2019 y el 21 de enero de 2020, el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación ha procedido a autorizar excepcionalmente la comercialización y uso de productos formulados que contengan 1,3Dicloropropeno + cloropicrina para su uso en desinfección de suelos en diversos cultivos.
Por este motivo la Consejería de Agricultura, Pesca y Desarrollo Rural de la Junta de Andalucía ha procedido a autorizar provisionalmente la utilización de los productos formulados que contengan 1,3 Dicloropropeno + cloropicrina, para su uso en desinfección de suelos previo al trasplante o plantación, dentro de la estrategia de Control Integrado de los Reglamentos específicos de Producción Integrada que se detallan a continuación:
- Reglamento específico de cultivos hortícolas protegidos, para los cultivos de tomate, calabacín y pepino, en dos periodos:
- Primer periodo: desde el 16 de enero al 15 de febrero de 2020
- Segundo periodo: desde el 15 de mayo hasta el 11 de agosto de 2020
- Reglamento específico de cultivos hortícolas protegidos, para los cultivos de pimiento y berenjena, en el periodo entre el 1 de marzo y el 28 de junio de 2020
- Reglamento específico de fresa, en el periodo entre el 15 de junio y el 12 de octubre de 2020
- Reglamento específico de frambuesa y mora, en nueve periodos:
- Primer periodo: desde el 1 al 20 de marzo de 2020
- Segundo periodo: desde el 1 al 15 de abril de 2020
- Tercer periodo: desde el 1 al 15 de mayo de 2020
- Cuarto periodo: desde el 1 al 19 de junio de 2020
- Quinto periodo: desde el 5 al 15 de julio de 2020
- Sexto periodo: desde el 1 al 10 de agosto de 2020
- Séptimo periodo: desde el 1 al 10 de septiembre de 2020
- Octavo periodo: desde el 20 al 31 de octubre de 2020
- Noveno periodo: desde el 1 al 8 de noviembre de 2020
cloropicrina
Los productos formulados a base de cloropicrina se han venido utilizando como desinfectante de suelo previo a la siembra, trasplante o plantación de diversos cultivos.
El 23 de diciembre de 2019 y el 21 de enero de 2020, el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación ha procedido a autorizar excepcionalmente la comercialización y uso de productos formulados que contengan cloropicrina para su uso en desinfección de suelos en diversos cultivos.
Por este motivo la Consejería de Agricultura, Pesca y Desarrollo Rural de la Junta de Andalucía ha procedido a autorizar provisionalmente la utilización de los productos formulados que contengan cloropicrina, para su uso en desinfección de suelos previo al trasplante o plantación, dentro de la estrategia de Control Integrado de los Reglamentos específicos de Producción Integrada que se detallan a continuación:
- Reglamento específico de cultivos hortícolas protegidos, para los cultivos de tomate, calabacín y pepino, en dos periodos:
- Primer periodo: desde el 16 de enero al 15 de febrero de 2020
- Segundo periodo: desde el 15 de mayo hasta el 11 de agosto de 2020
- Reglamento específico de cultivos hortícolas protegidos, para los cultivos de pimiento y berenjena, en el periodo entre el 1 de marzo y el 28 de junio de 2020
- Reglamento específico de fresa, en el periodo entre el 15 de junio y el 12 de octubre de 2020
- Reglamento específico de frambuesa y mora, en nueve periodos:
- Primer periodo: desde el 1 al 20 de marzo de 2020
- Segundo periodo: desde el 1 al 15 de abril de 2020
- Tercer periodo: desde el 1 al 15 de mayo de 2020
- Cuarto periodo: desde el 1 al 19 de junio de 2020
- Quinto periodo: desde el 5 al 15 de julio de 2020
- Sexto periodo: desde el 1 al 10 de agosto de 2020
- Séptimo periodo: desde el 1 al 10 de septiembre de 2020
- Octavo periodo: desde el 20 al 31 de octubre de 2020
- Noveno periodo: desde el 1 al 8 de noviembre de 2020
En su utilización deberán tenerse en cuenta los condicionamientos contemplados en la correspondiente hoja de Registro y en el anexo de la Resolución de 23 de diciembre de 2019 y de 21 de enero de 2020