Tras el estudio de las características de los productos en cuanto a impacto sobre la fauna auxiliar y comportamiento medioambiental, la Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Desarrollo Sostenible de la Junta de Andalucía ha procedido a autorizar provisionalmente hasta su inclusión definitiva en el Reglamento específico de Producción Integrada de arándanos en Andalucía la utilización de los siguientes productos fitosanitarios.
ELIO (ciflufenamid 10%) para el control integrado de oidio en el cultivo de arándanos
En su utilización deberán tenerse en cuenta los condicionamientos contemplados en la correspondiente hoja de Registro.
Los productos formulados a base de 1,3 Dicloropropeno se han venido utilizando en sustitución del bromuro de metilo como desinfectante de suelo de diversos cultivos.
El 24 de mayo de 2021 el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación ha procedido a modificar la Resolución de 7 de enero de 2021 por la que se autoriza excepcionalmente la comercialización y uso de productos fitosanitarios formulados a base de 1,3Dicloropropeno para su uso en desinfección de suelos en diversos cultivos.
Por este motivo la Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Desarrollo Sostenible de la Junta de Andalucía ha procedido a autorizar provisionalmente la utilización de los productos formulados a base de 1,3 Dicloropropeno, para su uso en desinfección de suelos previo al trasplante o plantación, dentro de la estrategia de Control Integrado de los Reglamentos específicos de Producción Integrada que se detallan a continuación:
Reglamento específico de fresa, en seis periodos:
Primer periodo: desde el 1 al 25 de abril de 2021
Segundo periodo: desde el 1 al 25 de mayo de 2021
Tercer periodo: desde el 1 al 20 de junio de 2021
Cuarto periodo: desde el 1 al 10 de julio de 2021
Quinto periodo: desde el 1 al 25 de agosto de 2021
Sexto periodo: desde el 1 al 10 de septiembre de 2021
En su utilización deberán tenerse en cuenta los condicionamientos contemplados en la correspondiente hoja de Registro y en el anexo de la Resolución de 24 de mayo de 2021
Tras el estudio de las características de los productos en cuanto a impacto sobre la fauna auxiliar y comportamiento medioambiental, la Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Desarrollo Sostenible de la Junta de Andalucía ha procedido a autorizar provisionalmente hasta su inclusión definitiva en diversos Reglamentos específicos de Producción Integrada en Andalucía la utilización del siguiente producto fitosanitario:
ACEITE DE PARAFINA 83%para el control integrado de los siguientes agentes nocivos:
Ácaros, cochinillas y pulgones en frutales de hueso
Ácaros, cochinillas y pulgones en almendro
En su utilización deberán tenerse en cuenta los condicionamientos contemplados en la correspondiente hoja de Registro
El 19 de mayo de 2021el Ministerio de Agricultura Pesca y Alimentación ha procedido a la autorización excepcional para el uso y la comercialización de productos fitosanitarios formulados a base de acetamiprid 20% para tratamientos fungicidas contra mancha cásida (Cassida vittata) en el cultivo de remolacha azucarera.
En base a ello, la Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Desarrollo Sostenible de la Junta de Andalucía procede a autorizar provisionalmente para el periodo comprendido entre el 20 de mayo y el 7 de agosto de 2021, la utilización de los productos formulados a base de acetamiprid 20% para tratamientos fungicidas contra mancha cásida (Cassida vittata) en la estrategia de Control Integrado del Reglamento Específico de Producción Integrada de remolacha azucarera de Andalucía.
En su utilización deberán tenerse en cuenta los condicionamientos contemplados en la correspondiente hoja de Registro y en el anexo de la Resolución de 19 de mayo de 2021.
Tras el estudio de las características del producto en cuanto a impacto sobre la fauna auxiliar y comportamiento medioambiental, la Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Desarrollo sostenible de la Junta de Andalucía ha procedido a autorizar provisionalmente hasta su inclusión definitiva en el Reglamento específico de Producción Integrada de cítricos en Andalucía la utilización de la siguiente sustancia activa:
Tau-fluvalinato 24% para el control integrado de trips en el cultivo de cítricos
En su utilización deberán tenerse en cuenta los condicionamientos contemplados en la correspondiente hoja de Registro
Tras el estudio de las características del producto en cuanto a impacto sobre la fauna auxiliar y comportamiento medioambiental, la Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Desarrollo sostenible de la Junta de Andalucía ha procedido a autorizar provisionalmente hasta su inclusión definitiva en el Reglamento específico de Producción Integrada de cultivos hortícolas protegidos en Andalucía la utilización de la siguiente sustancia activa:
Óxido cuproso para el control integrado de alternaria, antracnosis, bacteriosis y mildiu en el cultivo de pimiento
En su utilización deberán tenerse en cuenta los condicionamientos contemplados en la correspondiente hoja de Registro
En la Producción Integrada de Andalucía se establece una fecha límite de presentación de la declaración anual de modificación de datos al Registro por parte de los operadores de producción integrada. Concretamente, para los cultivos de algodón, alfalfa, almendro, arroz, caquis, cítricos, frutales de hueso, frutales de pepita, hortícolas protegidos (campaña de otoño), lechuga al aire libre (campaña de verano), leguminosas grano, oleaginosas, olivar, tomate para transformación industrial y vid, la fecha límite establecida es el 31 de mayo de cada año.
Para la presente campaña 2021, debido a la publicación de la Orden APA/407/2021, de 25 de abril, por la que se amplía hasta el 15 de mayo el plazo de presentación de la solicitud única para el año 2021, establecido en el Real Decreto 1075/2014, de 19 de diciembre, sobre la aplicación a partir de 2015 de los pagos directos a la agricultura y a la ganadería y otros regímenes de ayuda, así como sobre la gestión y control de los pagos directos y de los pagos al desarrollo rural, y a la publicación de la Resolución de 18 de abril de 2021 de la Dirección General de Ayudas Directas y de Mercados, por la que se amplía en Andalucía dicho plazo hasta el 31 de mayo de 2021, se está produciendo un retraso considerable en la configuración definitiva de los cultivos en las explotaciones por parte de los agricultores, lo que propicia una dificultad a la hora de presentar las declaraciones de modificación al Registro de Producción Integrada a fecha de 31 de mayo por los operadores.
Dado que el Registro de producción integrada de Andalucía sirve, en muchos casos, como base para el cálculo de las ayudas agroambientales de la solicitud única, puede tener repercusiones negativas la existencia de discrepancias entre unos y otros datos y, atendiendo asimismo a la petición por parte de las organizaciones profesionales agrarias, se amplía para la campaña 2021, y para aquellos cultivos relacionados anteriormente, el plazo de presentación de las declaraciones de modificación al Registro de Producción Integrada de Andalucía hasta el 30 de junio de 2021.
Los productos formulados a base de 1,3 Dicloropropeno se han venido utilizando en sustitución del bromuro de metilo como desinfectante de suelo de diversos cultivos.
El 7 de enero de 2021 el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación ha procedido a autorizar excepcionalmente la comercialización y uso de productos fitosanitarios formulados a base de 1,3Dicloropropeno para su uso en desinfección de suelos en diversos cultivos.
Por este motivo la Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Desarrollo Sostenible de la Junta de Andalucía ha procedido a autorizar provisionalmente la utilización de los productos formulados a base de 1,3 Dicloropropeno, para su uso en desinfección de suelos previo al trasplante o plantación, dentro de la estrategia de Control Integrado de los Reglamentos específicos de Producción Integrada que se detallan a continuación:
Reglamento específico de cultivos hortícolas protegidos, para todos los cultivos, en dos periodos:
Primer periodo: desde el 15 de febrero al 15 de marzo de 2021
Segundo periodo: desde el 15 de mayo hasta el 13 de agosto de 2021
Reglamento específico de patata, en el periodo entre el 1 de julio y el 30 de septiembre de 2021
Reglamento específico de fresa, en cinco periodos:
Primer periodo: desde el 1 al 25 de abril de 2021
Segundo periodo: desde el 1 al 25 de mayo de 2021
Tercer periodo: desde el 1 al 30 de julio de 2021
Cuarto periodo: desde el 1 al 30 de agosto de 2021
Quinto periodo: desde el 1 al 10 de septiembre de 2021
Reglamento específico de frambuesa y mora, en nueve periodos:
Primer periodo: desde el 1 al 20 de marzo de 2021
Segundo periodo: desde el 1 al 15 de abril de 2021
Tercer periodo: desde el 1 al 15 de mayo de 2021
Cuarto periodo: desde el 1 al 19 de junio de 2021
Quinto periodo: desde el 5 al 15 de julio de 2021
Sexto periodo: desde el 1 al 10 de agosto de 2021
Séptimo periodo: desde el 1 al 10 de septiembre de 2021
Octavo periodo: desde el 20 al 31 de octubre de 2021
Noveno periodo: desde el 1 al 8 de noviembre de 2021
Reglamento específico de vid, en dos periodos:
Primer periodo: desde el 19 al 31 de enero de 2021
Segundo periodo: desde el 16 de septiembre hasta el 31 de diciembre de 2021
En su utilización deberán tenerse en cuenta los condicionamientos contemplados en la correspondiente hoja de Registro y en el anexo de la Resolución de 7 de enero de 2021
Tras el estudio de las características de los productos en cuanto a impacto sobre la fauna auxiliar y comportamiento medioambiental, la Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Desarrollo Sostenible de la Junta de Andalucía ha procedido a autorizar provisionalmente hasta su inclusión definitiva en diversos Reglamentos específicos de Producción Integrada en Andalucía la utilización de la siguiente sustancia activa:
– Cyflumetofen 20% para el control integrado de los siguientes agentes nocivos:
Araña roja en tomate para transformación industrial
Ácaros en fresa
En su utilización deberán tenerse en cuenta los condicionamientos contemplados en la correspondiente hoja de Registro
Tras el estudio de las características de los productos en cuanto a impacto sobre la fauna auxiliar y comportamiento medioambiental, la Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Desarrollo Sostenible de la Junta de Andalucía ha procedido a autorizar provisionalmente hasta su inclusión definitiva en el Reglamento específico de Producción Integrada de cereales de invierno en Andalucía la utilización de las siguientes sustancias activas.
diflufenican 50% para el control integrado de malas hierbas dicotiledóneas anuales en el cultivo de almendro
Kresoxim-metil 25% + Difenoconazol 12,5% para el control integrado de mancha ocre en el cultivo de almendro
En su utilización deberán tenerse en cuenta los condicionamientos contemplados en la correspondiente hoja de Registro.